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El proceso de normalización técnica requiere la validación y el consenso de todos los interesados para lograr el equilibrio necesario y un beneficio común. Las normas técnicas entran en un periodo de consulta pública de hasta 60 días, durante el cual, cualquier persona o institución puede enviar observaciones sobre el contenido de la norma, sin necesidad de ser miembro del Comité
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Comité | Detalle Norma | Contactos | |
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CTN 3.3 - Leche y productos lácteos |
APNB 33009Productos lácteos - Queso fresco - Requisitos (Primera revisión)(Anula y reemplaza a NB 33009:2003)Fecha Inicio Consulta: 2024-08-23Fecha Fin Consulta:2024-10-23 Alcance: Esta norma establece los requisitos que debe cumplir para su comercialización el queso fresco de leche de (vaca, cabra, oveja, búfalo), no madurado. |
alejandra.torrelio@ibnorca.org | |
CTN 3.4 - Aceites y grasas |
APNB 34060Aceites y grasas - Margarina - Determinación de humedad (Primera revisión) (Anula y reemplaza a la norma NB 922:1997)Fecha Inicio Consulta: 2024-09-11Fecha Fin Consulta:2024-11-11 Alcance: Esta norma establece el método para determinar la humedad de la margarina. |
mayra.gutierrez@ibnorca.org | |
CTN 3.6 - Frutas y vegetales |
APNB 36026Frutas y hortalizas deshidratadas - RequisitosFecha Inicio Consulta: 2024-09-03Fecha Fin Consulta:2024-11-03 Alcance: Esta norma establece los requisitos que deben cumplir las frutas y hortalizas que han sido deshidratadas artificialmente (incluidas las desecadas por liofilización), bien sea a partir de productos frescos o en combinación con la desecación al sol. Las frutas y hortalizas comprendidas en esta norma pueden ser, sin que se limiten a otras, las manzanas, plátanos, arándanos, cerezas, arándanos americanos, piñas, papayas, mangas, duraznos, uvas, membrillos, peras, damascos, ciruelas , higos, tomates, alcachofas, espárragos, frijoles verdes, coles, coliflores, apio, maíz dulce, berenjenas, cebollas, guisantes (arvejas) frescos, patatas (papas), calabazas, batatas, setas cultivadas comestibles y setas silvestres secas, enteras o en rodajas. Se excluyen: las nueces de árbol y las frutas secas con un contenido de humedad relativamente alto, que son comestibles en estado seco; otros productos secos, tales como los cereales en grano, legumbres y leguminosas, incluidos los frijoles maduros secos, los guisantes (arvejas) secos, excepto los guisantes (arvejas) verdes, especias desecadas y otros productos alimenticios desecados que sólo ocasionalmente requieren un secado artificial o tratamiento de acondicionamiento antes de ser almacenados. |
alejandra.torrelio@ibnorca.org | |
CTN 3.8 - Azúcar y derivados |
APNB 38049Azúcar - Determinación de materia insoluble (sedimento) en azúcar blanco mediante filtración por membranaFecha Inicio Consulta: 2024-08-14Fecha Fin Consulta:2024-10-14 Alcance: Esta norma establece el método para la determinació de la materia insoluble en azúcar blanco. |
kristhell.zurita@ibnorca.org | |
CTN 3.9 - Harina y derivados |
APNB 680Harina y derivados - Harina de trigo - Requisitos (Cuarta revisión)(Anula y reemplaza NB 680:2016)Fecha Inicio Consulta: 2024-09-05Fecha Fin Consulta:2024-11-05 Alcance: Esta norma establece los requisitos que debe cumplir la harina de granos de trigo (Triticum vulgaris) destinada al consumo humano que esté lista para la venta y/o para su procesamiento posterior. Esta norma comprende a la harina de trigo fortificada con vitaminas y minerales. |
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CTN 3.9 - Harina y derivados |
APNB 39010-1Harinas de origen vegetal - Método de ensayo manual para determinar el contenido de gluten seco y húmedo(Segunda revisión)(Anula y reemplaza a la NB 106:2000)Fecha Inicio Consulta: 2024-07-17Fecha Fin Consulta:2024-09-16 Alcance: Esta norma establece el método manual para determinar el contenido de gluten seco y húmedo en la harina de trigo y el contenido de agua del gluten húmedo. |
kristhell.zurita@ibnorca.org | |
CTN 3.9 - Harina y derivados |
APNB 39010-2Harinas de origen vegetal - Método de ensayo mecánico para determinar el contenido de gluten seco y húmedo (Segunda revisión)(Anula y reemplaza a la NB 106:2000Fecha Inicio Consulta: 2024-07-17Fecha Fin Consulta:2024-09-16 Alcance: Esta norma establece el método mecánico para determinar el contenido de gluten seco y 6 húmedo en la harina de trigo y el contenido de agua del gluten húmedo. |
kristhell.zurita@ibnorca.org | |
CTN 5.8 - Prevención y protección contra incendios |
APNB 58007Directrices básicas para la prevención de incendios forestalesFecha Inicio Consulta: 2024-08-19Fecha Fin Consulta:2024-10-19 Alcance: Esta norma tiene establece directrices básicas para uniformar conocimientos básicos sobre la prevención de incendios forestales para bomberos forestales, brigadas forestales, equipos de primera respuesta y apoyo de la población (comunarios) que intervengan en eventos relacionados a los incendios forestales, con el fin de contar con una respuesta adecuada y oportuna acorde al ámbito que desarrolla sus actividades. |
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CTN 6.4.1 - Reúso de agua |
APNB/ISO 24575Principios generales y directrices para el análisis de costos en la planificación del tratamiento y/o reutilización descentralizados de aguas residuales (Correspondiente a la norma ISO 24575:2023)Fecha Inicio Consulta: 2024-08-15Fecha Fin Consulta:2024-09-15 Alcance: En este documento se especifican los principios generales y se proporciona orientación sobre la caracterización cuantitativa del coste del ciclo de vida de un sistema completo de gestión de aguas residuales, incluida la recogida, el tratamiento y, opcionalmente, la reutilización. Permite considerar diferentes grados de distribución, incluidos los sistemas sin alcantarillado para una o más viviendas y las operaciones de transporte por carretera asociadas. La metodología proporcionada en este documento es aplicable a áreas urbanas o rurales en las que varios sistemas descentralizados de tratamiento y reutilización de aguas residuales pueden proporcionar una solución de menor costo que una sola planta centralizada. Del mismo modo, se puede aplicar la misma metodología para los sistemas de reutilización industrial, en los que se pueden considerar varias plantas separadas en un gran emplazamiento industrial en lugar de un sistema de tratamiento. El alcance de este documento incluye lo siguiente: a) Orientación para la determinación de los grados de distribución de los sistemas descentralizados de tratamiento y reutilización de aguas residuales. b) Definición de los elementos y componentes incluidos en el coste del ciclo de vida de los diferentes grados de distribución en los sistemas de gestión de aguas residuales, incluyendo la construcción, operación y mantenimiento. c) Orientación sobre los pasos necesarios para calcular los indicadores de coste del ciclo de vida, incluidas las consideraciones de plazo e interés, operación y mantenimiento, piezas de repuesto, esperanza de vida de los equipos, valor del agua para su reutilización y otros ingresos procedentes de subproductos. d) Una definición de las métricas para informar los resultados, incluido el costo por unidad, el alcance, el plazo y el interés. Los siguientes costos secundarios y otras consideraciones no están dentro del alcance de este documento: - el costo de la eventual eliminación del sistema; - orientación sobre la selección y el diseño de procesos de tratamiento de aguas residuales; - consideraciones de salud y sostenibilidad (aunque la salud y la sostenibilidad son consideraciones primordiales en el diseño y las decisiones); - factores de impacto social y/o riesgos e impactos ambientales. |
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CTN 6.11 - Economía circular |
APNB/ISO 59004Economía circular - Vocabulario, principios y orientación para la implementación (Correspondiente a la norma ISO 59004:2024)Fecha Inicio Consulta: 2024-09-05Fecha Fin Consulta:2024-10-06 Alcance: Este documento define términos clave, establece una visión y principios para la economía circular, y proporciona una orientación, incluyendo acciones posibles, para que una organización la implemente. Es aplicable a organizaciones que buscan comprender y comprometerse o contribuir con la economía circular, al tiempo que contribuyen al desarrollo sostenible. Estas organizaciones pueden ser privadas o públicas, actuar de manera individual o colectiva, independientemente de su tipo o tamaño, y estar ubicadas en cualquier jurisdicción o posición dentro de una cadena de valor o red de valor específica. |
alejandra.torrelio@ibnorca.org | |
CTN 6.11 - Economía circular |
APNB/ISO 59032Economía circular - Revisión de las redes de valor existentes (Correspondiente a la norma NB/ISO/TR 59032)Fecha Inicio Consulta: 2024-09-05Fecha Fin Consulta:2024-10-06 Alcance: En el presente documento se revisan las características y estructuras de algunas redes de valor existentes como ejemplos para acelerar un proceso de transición a la economía circular. La norma ISO 59010 ofrece orientación sobre un aspecto crítico en la transición del modelo de negocio y los procesos de una organización de lineal a circular y en la transformación del ecosistema empresarial de una organización en una red de valor. Este documento complementa la norma ISO 59010 proporcionando más información sobre las redes de valor. |
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CTN 8.12 - Electromovilidad |
APNB/ISO 15118-1Vehículos de carretera - Interfaz de comunicación entre el vehículo y la red eléctrica - Parte 1: Información general y definición de casos de uso (Correspondiente a la norma ISO 15118-1:2019)Fecha Inicio Consulta: 2024-09-05Fecha Fin Consulta:2024-10-06 Alcance: Este documento, como base para otras partes de la serie de la Norma ISO 15118, especifica los términos y definiciones, requisitos generales y casos de uso para la HLC conductor e inalámbrico entre el EVCC y el SECC. Este documento se aplica al HLC involucrado en las tecnologías de transferencias inalámbricas y conductivas de energía en el contexto de dispositivos de conexión manual o automática. Este documento también es aplicable a la transferencia de energía tanto del equipamiento de suministro del EV para cargar la batería del EV o de la batería del EV al equipamiento de suministro del EV para suministrar energía a la casa, a cargas o a la red eléctrica. Este documento proporciona una vista general y una comprensión común de aspectos que influyen en la identificación, asociación, control y optimización de carga o descarga, pago, nivelado de la carga, seguridad cibernética y privacidad. Esto ofrece una interfaz del equipamiento de suministro de EV-EV interoperable a todos los actores de e-movilidad más allá del SECC. La serie de la Norma ISO 15118 no especifica la comunicación interna del vehículo entre la batería y otros equipamientos internos (además de algunos elementos de mensaje dedicados relacionados con la transferencia de energía). NOTA 1 Los vehículos eléctricos de carretera son vehículos específicamente de categoría M (usados para el transporte de pasajeros) y N (usados para el transporte de bienes) (comparar ECE/TR ANS/WP.29/78 ev.2). Esto no evita que otros vehículos de otras categorías también puedan adoptar la serie de la Norma ISO 15118. NOTA 2 Este documento está destinado a orientar el conjunto de mensajes de la Norma ISO 15118-2 y la Norma ISO 15118-20. La ausencia de algún caso de uso particular en este documento no implica que no se ponga en práctica, con los mensajes requeridos. NOTA 3 Este documento, la Norma ISO 15118-2 y la Norma ISO 15118-20 están diseñadas para funcionar independientemente del medio de transferencia de datos utilizado. Sin embargo, la serie de la Norma ISO 15118 está hecha para establecer las capas de enlace de datos especificadas en los documentos correspondientes en esta serie. |
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CTN 8.12 - Electromovilidad |
APNB 812004Instalación de estaciones de recarga para vehículos eléctricosFecha Inicio Consulta: 2024-08-01Fecha Fin Consulta:2024-10-01 Alcance: El Reglamento técnico para la instalación y operación de la infraestructura de carga de la movilidad eléctrica tiene por objeto establecer los requisitos y lineamientos necesarios para el correcto diseño, construcción e implementación de las infraestructuras de recargas de vehículos eléctricos a ser implementados en el país. La finalidad del presente Reglamento Técnico es generar un marco regulatorio que permita orientar a los diferentes operadores, usuarios y/o instaladores certificados en la creación y operación de los espacios para la recarga de vehículos eléctricos. El Reglamento Técnico está destinado a regular los requisitos necesarios para la instalación y operación de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos de uso público y privado ubicados en los diferentes tipos de instalaciones, estas pueden llegar a ser estacionamientos en: - Instalaciones domiciliarias. - Instalaciones en Edificio o conjunto habitacional. - Electrolinera o servicio de carga de vehículos eléctricos. - Estaciones de autoservicio con acceso público. - Estacionamientos de oficinas y locales comerciales. - Estacionamiento en recintos industriales. - Electroterminal o centro de carga para transporte público. La infraestructura de carga de vehículo eléctrico (IRVE) debe construirse para que pueda conectarse a un vehículo eléctrico de manera que, en condiciones normales de uso, la transferencia de energía eléctrica funcione de manera segura y que su funcionamiento sea fiable y minimice el riesgo de peligro para el usuario o el ambiente. Los sistemas de alimentación de vehículos eléctricos (SAVE) deben tener una certificación de compatibilidad electromagnética de acuerdo con la norma NB 812001-2 e IEC61000-3. Para equipos diseñados para utilizarse en altitudes por encima de 2,000 m, es necesario tener en cuenta la reducción de la rigidez dieléctrica y los efectos de enfriamiento del aire. La norma no contempla los sistemas de carga de vehículos eléctricos instalación de pantógrafos y tampoco de carga de oportunidad. |
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CTN 12.11 - Materiales cerámicos para la construcción |
APNB 1211004Tejas cerámicas de arcilla cocida - Definiciones y especificaciones de producto (Primera revisión) (Anula y remplaza a la NB 1211004: 2009)Fecha Inicio Consulta: 2024-07-18Fecha Fin Consulta:2024-09-17 Alcance: 1.1 Esta norma establece los requisitos que deben cumplir y los ensayos a los que deben someterse las tejas cerámicas de arcilla cocida. 1.2 Los valores se regirán de acuerdo con el Sistema Internacional de Unidades. 1.3 Esta norma no pretende señalar todos los problemas de seguridad asociados con su uso. Si los hay, es responsabilidad del usuario de esta norma establecer las prácticas de seguridad y salud ocupacional para determinar la aplicación de las regulaciones primordiales por usar. 1.4 Los criterios geométricos, así como los criterios de resistencia a flexión no son aplicables a las tejas especiales ni a las piezas especiales. |
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CTN 12.11 - Materiales cerámicos para la construcción |
APNB/IBNORCA 1211005Tejas cerámicas de arcilla cocida - Determinación de características geométricasFecha Inicio Consulta: 2024-07-18Fecha Fin Consulta:2024-09-17 Alcance: Esta norma específica los métodos para determinar las características geométricas de las tejas cerámicas de arcilla definidas en la norma NB 1211004. |
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CTN 14.1 - Generación, transformación y distribución de energía eléctrica |
APNB 25002Medidores de energía eléctrica – Requisitos generales, ensayos, condiciones de ensayo y equipos de medida (Primera revisión) (Anula y reemplaza a la NB 25002:2006)Fecha Inicio Consulta: 2024-07-23Fecha Fin Consulta:2024-09-22 Alcance: Esta parte de norma específica los requisitos y los ensayos asociados junto con sus condiciones apropiadas para los ensayos de tipo de los medidores de energía eléctrica de corriente alterna (CA). Este documento detalla los requisitos funcionales, mecánicos, eléctricos y de marcado, los métodos de ensayo y las condiciones de ensayo, incluida la inmunidad a las influencias externas, que cubren entornos electromagnéticos y climáticos. NOTA 1 Para otros requisitos generales, como seguridad, confiabilidad, y otros, véanse las Normas IEC 62052 o IEC 62059 correspondientes. Para conocer los requisitos de precisión y otros requisitos específicos de los índices de clase, consúltese la Norma IEC 62053 y/o las normativas nacionales pertinentes. Este documento se aplica a los equipos de medida de la energía eléctrica (CA) diseñados para: ? medir y controlar la energía eléctrica en redes eléctricas (redes) de tensión hasta 1 000 V en CA; NOTA 2 Para los medidores de energía eléctrica de CA, la tensión mencionada anteriormente es la tensión fase-neutro derivada de las tensiones nominales. Véase la tabla 7 de la Norma IEC 62052-31:2015. NOTA 3 Para los medidores diseñados para funcionar con transformadores de medida de baja potencia LPIT (Low Power Instrument Transformers), solo la unidad de medida se considera un dispositivo de baja tensión. Si los LPIT están clasificados para tensiones superiores a 1 000 V CA, la combinación de la unidad de medida y los LPIT no es un dispositivo de baja tensión. ? tener todos los elementos funcionales, incluidos los módulos complementarios, incorporados o formando una sola envolvente de medidor, con excepción de los visualizadores; ? funcionar con visualizadores integrados (medidores electromecánicos o estáticos); ? funcionar con visualizadores independientes, o sin un visualizador (solo medidores estáticos); ? instalarse en una base de zócalos o bastidores coincidentes especificados; ? opcionalmente, proporcionar funciones adicionales distintas a las de la medición de la energía eléctrica. Los medidores diseñados para funcionar con transformadores de medida de baja potencia (LPIT) pueden someterse a ensayos para verificar el cumplimiento con este documento y los documentos pertinentes de la serie de Normas IEC 62053 únicamente si dichos medidores y sus LPIT se sometieron a ensayo de forma conjunta como medidores de conexión directa. NOTA 4 Los medidores de energía eléctrica modernos generalmente contienen funciones adicionales como la medición de la magnitud de la tensión, la magnitud de la intensidad, la potencia, la frecuencia, el factor de potencia, etc.; medición de los parámetros de calidad de la energía; funciones de control de carga; funciones de entrega, tiempo, ensayo, contabilidad y registro; interfaces de comunicación de datos y funciones de seguridad de datos asociadas. Pueden aplicarse las normas de aplicación para estas funciones además de los requisitos de este documento. Sin embargo, los requisitos para tales funciones están fuera del alcance de este documento. NOTA 5 Requisitos del producto para los dispositivos de monitoreo y medición de energía (PMD, Power Metering and Monitoring Devices) y funciones de medición tales como la magnitud de la tensión, la magnitud de la intensidad, la potencia, la frecuencia, y otros, están cubiertos por la Norma IEC 61557-12. Sin embargo, los dispositivos que cumplen con la Norma IEC 61557-12 no están destinados a utilizarse como medidores de facturación a menos que también cumplan con la Norma NB 25002 y uno o más requisitos particulares relevantes (clase de precisión) de la Norma IEC 62053-xx y/o las normativas nacionales pertinentes NOTA 6 Los requisitos del producto para los instrumentos de calidad de la energía (PQI, Power Quality Instruments) están cubiertos por la Norma IEC 62586-1. Los requisitos para las técnicas (funciones) de medición de la calidad de la energía están cubiertos en Norma IEC 61000-4-30. Los requisitos para someter a ensayo las funciones de medición de la calidad de la energía están cubiertos en Norma IEC 62586-2. Este documento también se aplica a circuitos auxiliares de entrada y salida, indicadores de funcionamiento y salidas de ensayo de equipos para la medición de energía eléctrica. NOTA 7 Algunos ejemplos incluyen entradas y salidas de impulsos, entradas y salidas de control y salidas de ensayo de energía. Este documento también cubre los aspectos comunes de los ensayos de precisión, como las condiciones de referencia, la repetibilidad y la medición de la incertidumbre. Este documento no se aplica a: ? medidores para los que la tensión fase-neutro derivada de las tensiones nominales supere 1 000 V CA; ? medidores destinados a la conexión con transformadores de medida de baja potencia cuando se someten a ensayo sin dichos transformadores; ? sistemas de medida que comprenden múltiples dispositivos (excepto los LPIT) físicamente alejados entre sí; ? medidores portátiles; Los medidores portátiles son medidores que no están conectados de forma permanente; ? medidores utilizados en material rodante, vehículos, buques y aviones; ? equipo de laboratorio y de ensayo de medidores; ? medidores patrón de referencia; NOTA 8 Los valores nominales, las clases de precisión, los requisitos y los métodos de ensayo para los medidores patrón de referencia se especifican en la Norma IEC 62057-1. ? interfaces de datos con el elemento indicador del medidor; ? base de enchufes o bastidores coincidentes utilizados para la instalación de equipos de medida de la energía eléctrica; ? cualquier función adicional proporcionada en los medidores de energía eléctrica. Este documento no cubre las medidas para la detección y prevención de intentos fraudulentos de comprometer el rendimiento (manipulación) de un medidor. NOTA 9 No obstante, los requisitos específicos de detección y prevención de manipulaciones, así como los métodos de ensayo pertinentes para un mercado determinado, están sujetos a acuerdo entre el fabricante y el comprador. NOTA 10 Especificar los requisitos y métodos de ensayo para la detección y prevención del fraude sería contraproducente, ya que tales especificaciones proporcionarían guías a los posibles defraudadores. NOTA 11 Hay muchos tipos de manipulación de medidores reportados por diferentes mercados; por lo tanto, el diseño de medidores para detectar y prevenir todo tipo de manipulación podría conducir a un aumento injustificado de los costos de diseño, verificación y validación de medidores. NOTA 12 Los sistemas de facturación, como por ejemplo los sistemas de medida inteligentes, son capaces de detectar patrones de consumo y pérdidas irregulares de la red que permiten detectar sospechas de manipulación de medidores. |
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CTN 17.4 - Servicios inmobiliarios |
APNB 174001Servicios de intermediación inmobiliaria – Clasificación y DirectricesFecha Inicio Consulta: 2024-07-19Fecha Fin Consulta:2024-09-19 Alcance: Esta norma establece la clasificación y directrices sobre los servicios de intermediación inmobiliaria. Esta norma abarca los servicios de intermediación inmobiliaria de preventa, venta, arrendamiento y anticresis. |
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